Sexenios 2024

La convocatoria de sexenios de 2024 consolida los importantes cambios que se introdujeron el año anterior, resultado del compromiso adquirido por ANECA con el movimiento internacional por la reforma de la evaluación de la actividad investigadora y de la integración de los principios de la reciente Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU). Estos cambios se reflejaron tanto en las resoluciones de la convocatoria, criterios de evaluación y otros documentos de interés, como en el procedimiento, que busca simplificarse.

Por tanto, esta convocatoria mantiene el reconocimiento de la diversidad de perfiles y carreras investigadoras mediante la ampliación del tipo de aportaciones; el requisito de depósito de los resultados de la investigación en repositorios institucionales, temáticos o generalistas de acceso abierto; la apuesta por una evaluación más cualitativa complementada con el uso responsable de indicadores cuantitativos; la consideración positiva de la multidisciplinariedad e interdisciplinariedad a través de la creación de un campo de evaluación específico, y la promoción de medidas para la consecución de la igualdad efectiva.

En cuanto a las innovaciones que presenta esta convocatoria, y como ya se anunció en la de 2023, desaparecen las referencias a los mínimos orientativos para la evaluación positiva individualizados por campos, de forma que en todos ellos esta se podrá alcanzar «presentando cinco aportaciones de relevancia e impacto justificados que respondan a los criterios generales […]. Prevalecerá siempre su contenido e impacto científico y social». En este mismo sentido, no se publicarán baremos específicos para cada campo de evaluación, debiendo todos los comités acogerse a un único baremo general.


Presentamos a continuación la convocatoria, criterios, baremo y otra documentación de interés que deberás tener en cuenta si quieres solicitar un sexenio en 2024.

Si además te gustaría conocer el marco jurídico que regula las diferentes convocatorias de sexenios, te recomendamos que consultes el Código de Evaluación y Acreditación del Profesorado Universitario.

Criterios 2024

La Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) publica cada año, en el marco de la convocatoria de sexenios de investigación, los criterios de evaluación generales y específicos para cada uno de los campos. 

Así, el día 19 de diciembre aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la CNEAI, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.

Convocatoria 2024

Se publica la Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora (BOE de 24 de diciembre de 2024).

En dicha convocatoria se detallan los requisitos que deben cumplir las personas solicitantes, el plazo de presentación de solicitudes (de 13 de enero a 3 de febrero de 2025), así como la documentación que debe presentarse.

Baremo 2024

El baremo de aplicación concreta los principios de la resolución de criterios de evaluación de 2024 y será el único que puedan aplicar los quince comités asesores, evitando así que se desarrollen baremos específicos alejados del marco de evaluación establecido por CNEAI.

Áreas de conocimiento

En el Apéndice II de la Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad investigadora, por la que se establecen los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación se indica las áreas de conocimiento que evalúa cada comité.

Extractamos los correspondientes al campo 6. Ingenierías y Arquitectura, dividido en subcampo 6.1. Tecnologías Mecánicas y de la Producción, subcampo 6.2. Ingeniería de la Comunicación, Computación y Electrónica y subcampo 6.3. Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo.

Composición de los Comités Asesores 2024

A través de la Resolución de 24 de enero de 2025, de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, por la que se nombran miembros de Comités Asesores de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora se hace pública la composición de los 15 Comités Asesores que evaluarán la convocatoria de sexenios de 2024.

Extractamos la composición de los Comités Asesores del campo 6. Ingenierías y Arquitectura, dividido en subcampo 6.1. Tecnologías Mecánicas y de la Producción, subcampo 6.2. Ingeniería de la Comunicación, Computación y Electrónica y subcampo 6.3. Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo.


Según establece el apartado 5.2 de la convocatoria, las solicitudes deberán presentarse por vía telemática en la sede electrónica de ANECA, a la que se accederá mediante Cl@vePIN, Cl@ve permanente o el certificado digital FNMT de persona física.

A través de esta misma sede electrónica, es posible acceder a la resolución de la CNEAI que especifica los criterios de evaluación generales y específicos para cada campo, obtener duplicados o justificantes de los documentos y realizar el seguimiento de la tramitación de solicitudes.

Documentación que acompaña a la solicitud

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

a) Impreso de solicitud generado y firmado por la persona solicitante.

b) Currículo generado al cumplimentar la solicitud con las cinco aportaciones que se someterán a evaluación. Cada aportación deberá incluir:

  • Los datos que sean necesarios para su identificación.
  • Un identificador persistente: DOI, Handle, ARK, SWHID, o, en general, una URI/URL única permanente.
  • El enlace al repositorio donde se haya depositado en caso de ser obligatorio dicho depósito.
  • Un breve resumen del contenido de cada aportación, con el máximo de caracteres que establece la aplicación telemática, en el que se expongan los objetivos y resultados más sobresalientes de la investigación. Será posible sustituir los resúmenes individuales por uno solo que se refiera a todas ellas.
  • Los «indicios de relevancia e impacto» de la investigación, en cuya narrativa se aconseja seguir el siguiente orden:
    • Contribución al progreso del conocimiento (originalidad, innovación, prioridad temática, aportación al debate científico, aportación metodológica, entre otros).
    • Impacto científico (uso, referencias realizadas por otros/as autores/as, calidad, internacionalización e impacto del medio de difusión, entre otros).
    • Impacto social (menciones y referencias no académicas, utilización y aplicación efectiva en entornos no académicos, entre otros).
    • Contribución a la ciencia abierta (grado de apertura, cumplimiento de principios FAIR en conjuntos de datos, contribución a software libre, entre otros).

En el supuesto de que las aportaciones fueran fruto de una obra colectiva, cada solicitante podrá incorporar la referida investigación en su currículum, haciendo mención expresa en los correspondientes resúmenes del alcance de su contribución personal al trabajo colectivo.

Será posible incluir hasta dos aportaciones sustitutorias (debidamente referenciadas e identificadas como tales) que, llegado el caso, pudieran reemplazar a otras tantas de las presentadas y que en el proceso de evaluación no se consideraran de calidad suficiente para alcanzar la puntuación mínima exigida.

c) Curriculum vitae (se recomienda el modelo de la FECYT), con las actividades de investigación, desarrollo e innovación realizadas durante los años sometidos a evaluación. Este CV debe contener:

  • Historial científico completo.
  • Participación en proyectos de investigación financiados durante los años que se someten a evaluación y, al menos, tres anteriores.
  • Publicaciones producidas, al menos, durante el período correspondiente al sexenio solicitado.
  • Estancias en centros extranjeros.
  • Comunicaciones y ponencias realizadas en congresos por invitación y congresos organizados durante el período cuya evaluación se solicita.

d) Hoja de servicios original actualizada que incluya el puesto ocupado a fecha 31 de diciembre de 2024 y el período sometido a evaluación, en la que constará el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. Esta hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al día de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

e) Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la hoja de servicios, deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.

ANECA podrá solicitar en cualquier momento del procedimiento administrativo los documentos originales a partir de los cuales se generaron los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia. Se reserva igualmente el derecho de actuar legalmente contra quienes modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.

Durante esta convocatoria será posible solicitar la convalidación de los sexenios obtenidos antes de haber accedido a la condición de funcionario/a. Los formularios para dicha solicitud están disponibles en la sede electrónica de ANECA – Convalidaciones.

El plazo de resolución será de seis meses desde la apertura de la convocatoria. Cada aportación recibe una puntuación entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 30 puntos (una media de 6 por cada aportación) para alcanzar la evaluación positiva. La persona solicitante solo conocerá la puntuación obtenida por cada aportación si la evaluación es negativa.

Contra la resolución del pleno de la CNEAI, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Directora de ANECA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.3 del Estatuto de ANECA, aprobado por Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de diciembre.

Deja un comentario